jueves, 21 de mayo de 2009

La Nueva Visión de los Comités de Seguridad y Salud Laboral en las Empresas Venezolanas

Es necesario destacar los innumerables accidentes y puestas en riesgo a la salud de los trabajadores que se han producido en los últimos años en los distintos sectores de nuestra economía. Se han registrado cuantiosas pérdidas y muertes de empleados debido a una deficiente capacitación y condición ambiental para ejercer las funciones que posee el trabajador, dentro y fuera de la empresa, según sea el tipo de rol que éste desempeñe en la misma.

A través de una investigación y trabajo de campo desarrollado en el área metropolitana de Caracas a varias empresas, públicas y privadas, se determinó que éstas no cuentan con la información necesaria acerca de las condiciones y ambiente de trabajo requeridos según las leyes que rigen esta materia -Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) y el Instituto Nacional de Prevención y Seguridad Laboral (INPSASEL)- por lo que no cumplen con los requerimientos establecidos en las mismas para garantizar la seguridad, la salud y el bienestar de los empleados.

Cabe señalar que las empresas están obligadas a remunerar a sus trabajadores, pero además de brindarles un salario adecuado, también deben suministrarles condiciones óptimas para que ellos desempeñen su trabajo de forma adecuada, en un ambiente seguro en el que no haya riesgos de accidentes o incluso hasta muertes por negligencia y falta de capacitación e información en esta área.

Casi todas las empresas entrevistadas en el trabajo de campo coincidieron en que la creación de los llamados Comités de Seguridad y Salud Laboral es la solución para instruir y capacitar a los patronos en lo referente al ambiente de trabajo que debe desarrollarse en la organización para garantizar el bienestar físico e intelectual de sus empleados. También es parte de la solución nombrar delegados, cuyo número depende del tamaño de la empresa, para que sean responsables del cumplimiento de las normas impuestas por la Ley y los Comités anteriormente mencionados.

Estos delegados deben ser empleados de la organización altamente capacitados que tengan la facultad y la capacidad para llevar a cabo su función de manera idónea e informar al Comité y a las Leyes competentes de cualquier violación o incumplimiento que se haga de los requerimientos y normas establecidos. Así es mucho más fácil garantizar una alta seguridad y resguardo de la salud del trabajador dentro del lugar donde labora, evitando accidentes o muertes que puedan afectar gravemente el capital humano y la reputación de la organización.

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